25 de agosto de 2012

La Eucaristía y el Código de derecho canónico



De la reserva y veneración de la santísima Eucaristía

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§ 1. La santísima Eucaristía:

1.° debe estar reservada en la iglesia catedral o en la equiparada a ella, en todas las iglesias parroquiales y en la iglesia u oratorio anexo a la casa de un instituto religioso o de una sociedad de vida apostólica;

2.° puede reservarse en la capilla del Obispo y, con licencia del Ordinario del lugar, en otras iglesias, oratorios y capillas.

§ 2. En los lugares sagrados donde se reserva la santísima Eucaristía debe haber siempre quien cuide de ella y, en la medida de lo posible, celebrará allí la Misa un sacerdote al menos dos veces al mes.

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A nadie está permitido conservar la santísima Eucaristía consigo o bien llevarla consigo en los viajes, a no ser que lo urja una necesidad pastoral y se cumplan las prescripciones del Obispo diocesano.

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En la casa de un instituto religioso o en otra casa piadosa, la santísima Eucaristía se reservará solamente en la iglesia o en el oratorio principal anexo a la casa; sin embargo, por causa justa, el Ordinario puede permitir que se reserve también en otro oratorio de la misma casa.

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A menos que obste una razón grave, la iglesia en la que está reservada la santísima Eucaristía quedará abierta a los fieles, por lo menos algunas horas cada día, para que puedan dedicarse a la oración ante el santísimo Sacramento.

938
§ 1. Habitualmente la santísima Eucaristía estará reservada en un solo sagrario de la iglesia u oratorio.

§ 2. El sagrario, en el que se reserva la santísima Eucaristía, estará colocado en una parte noble de la iglesia u oratorio destacada, dignamente adornada, apropiada para la oración.

§ 3. El sagrario en el que se reserva habitualmente la santísima Eucaristía debe ser inamovible, hecho de materia sólida no transparente, y cerrado de manera que se evite al máximo el peligro de profanación.

§ 4. Por causa grave se puede reservar la santísima Eucaristía, sobre todo durante la noche, en otro lugar digno y más seguro.

§ 5. Quien tiene el cuidado de la iglesia u oratorio proveerá a que se guarde con el máximo cuidado la llave del sagrario en el que está reservada la santísima Eucaristía.

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Las hostias consagradas, en cantidad suficiente para las necesidades de los fieles, se guardarán en un copón o recipiente, y se renovarán con frecuencia, consumiendo debidamente las anteriores.

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Ante el sagrario en el que está reservada la santísima Eucaristía, estará prendida constantemente una lámpara especial, con la que se indique y honre la presencia de Cristo.

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§ 1. En las iglesias y oratorios a los que está concedido tener reservada la santísima Eucaristía, se puede hacer la exposición tanto con el copón como con la custodia, cumpliendo las normas prescriptas en los libros litúrgicos.

§ 2. Durante la celebración de la Misa, no se tendrá la exposición del santísimo Sacramento en la misma nave de la iglesia u oratorio.

942
Se recomienda que en esas mismas iglesias y oratorios, se haga todos los años la exposición solemne del santísimo Sacramento, durante un tiempo adecuado, aunque no sea continuo, de manera que la comunidad local medite más profundamente el misterio eucarístico y lo adore; sin embargo, esta exposición se hará solamente si se prevé una concurrencia adecuada de fieles y cumpliendo las normas establecidas.

943
El ministro de la exposición del santísimo Sacramento y de la bendición eucarística es el sacerdote o el diácono; en circunstancias peculiares, para la exposición y reserva, pero sin la bendición, lo son el acólito, el ministro extraordinario de la sagrada comunión u otro encargado por el Ordinario del lugar, observando las prescripciones del Obispo diocesano.

944
§ 1. Donde a juicio del Obispo diocesano pueda realizarse, como testimonio público de veneración hacia la santísima Eucaristía, se tendrá, sobre todo en la solemnidad del Cuerpo y Sangre de Cristo, una procesión en la vía pública.

§ 2. Corresponde al Obispo diocesano establecer normas sobre las procesiones, mediante las cuales se provea a la participación en ellas y a su dignidad.

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